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julio 27, 2021

CNI aclara que únicamente promueve la Declaratoria de Proyectos de Interés Nacional ante el Gobierno, para acelerar la inversión, pero no tiene injerencia para conceder beneficios fiscales

El Consejo Nacional de Inversiones (CNI), informó que, según lo establece la Ley para la Promoción y Protección de las Inversiones, su competencia es únicamente recomendar la Declaratoria de un Proyecto de Interés Nacional de carácter privado, misma que es aprobada en Consejo de Ministros, a fin de acelerar la operación de las empresas, pero no tiene injerencia para conceder beneficios fiscales. 

Raquel Aguilar, asesora legal de esta institución, manifestó que según esta Ley, a través del decreto No. 51 2011; la terminal marítima portuaria de buques, cruceros  mercantes y cabotaje en Omoa, Cortés, fue recomendada para que adhiriera al registro legal de la Declaratoria de Interés Nacional, la que únicamente le concede un procedimiento acelerado de inversión, “lo que significa que el inversionista podrá operar sin la necesidad de las licencias o permisos vigentes que se encuentren al momento de su construcción, el beneficio sólo es operar anticipadamente”.

“El CNI no puede conceder una exención fiscal, esta fue autorizada bajo atribuciones del Congreso Nacional de la República, no bajo la recomendación ni el amparo de la Ley para la Promoción y Protección de las Inversiones”, aclaró la funcionaria.

De igual forma, Aguilar recordó que la función del CNI, es apoyar a los inversionistas en cuanto a los trámites, procedimientos, y asesorarlos con información relevante sobre el marco jurídico, brindando asesoría económico-financiera y acompañándolos en los procesos de inversión.